USCIS Cierre Temporal de Oficinas

Notificación del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés):

“Para proteger a nuestra fuerza laboral y ayudar a mitigar la propagación de la enfermedad de coronavirus (COVID-19) en nuestras comunidades, efectivo inmediatamente USCIS suspende todos los servicios rutinarios en persona con nuestros solicitantes en todas nuestras oficinas, incluidas todas las entrevistas y ceremonias de naturalización.

“Las oficinas locales, oficinas de asilo y Centros de Asistencia en Solicitudes (ASC, por sus siglas en inglés) de USCIS no proporcionarán servicios en persona hasta, por lo menos, el 1 de abril. Esto incluye entrevistas, ceremonias de naturalización y citas para toma de datos biométricos. No obstante, proporcionaremos servicios de emergencia durante este tiempo. Si tiene una solicitud de servicio de emergencia, comuníquese con el Centro de Contacto de USCIS.

“Las oficinas locales de USCIS enviarán notificaciones de cancelación de citas a los solicitantes y peticionarios que tenían citas programadas que se han visto afectadas por este cierre. Enviaremos avisos de cancelación a los solicitantes de naturalización que tenían ceremonias de naturalización programadas. A todos los solicitantes se les reprogramarán sus citas cuando USCIS reanude sus operaciones normales.

“Las oficinas de asilo de USCIS enviarán notificaciones de cancelación de entrevistas y reprogramarán automáticamente las entrevistas de asilo. Cuando la entrevista sea reprogramada, los solicitantes de asilo recibirán una nueva notificación de entrevista con la nueva hora, fecha y lugar de la entrevista.

“USCIS reprogramará automáticamente las citas de ASC debido al cierre de la oficina. Las personas afectadas recibirán una nueva notificación de cita por correo postal. Las personas que tenían citas de InfoPass u otras citas en la oficina local deberán reprogramarlas a través del Centro de Contacto de USCIS una vez que las oficinas locales estén abiertas al público nuevamente. Por favor, verifique si su oficina local ha reabierto antes de comunicarse con el Centro de Contacto de USCIS.

“Además, USCIS pospondrá todos los eventos de enlace público y enlace comunitario en persona durante el cierre de la oficina. Por favor, comuníquese con public.engagement@uscis.dhs.gov si tiene una pregunta inmediata relacionada con enlace público durante este tiempo.

“La educación y tomar las precauciones necesarias son las herramientas más fuertes contra el virus. Obtenga los datos más recientes a través del sitio web COVID-19 de los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés). Continúe la práctica de buenos hábitos de salud, evite saludar con apretones de manos y abrazos, y lávese las manos y limpie las superficies apropiadamente. 

“USCIS proporcionará actualizaciones adicionales a medida que se desarrolle la situación y seguirá las guías del CDC en respuesta a esta situación. Por favor, visite uscis.gov/es/coronaviruspara obtener actualizaciones.

Cierre Temporal de Oficinas 17-03-2020.docx

Reprogramación de Citas de USCIS Debido al Coronavirus (COVID-19)

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) ha actualizado su sitio con el siguiente anuncio:

“Reprogramación de Citas Debido al Coronavirus (COVID-19)

Si usted se enferma por alguna razón, independientemente de si estuvo o no estuvo expuesto al COVID-19, por favor no asista a citas en ninguna de las oficinas de USCIS. Por favor, siga las instrucciones que están en su notificación de cita para reprogramar su cita o entrevista, si usted:

  • Estuvo en cualquier país designado como “Nivel 3” por el Centro de Control y Prevención de de Enfermedades;

  • Cree que puede haber estado expuesto COVID-19 (incluso si no estuvo recientemente en un país Nivel 3”), o

  • Tiene síntomas similares a los de la gripe o está enfermo (como secreción nasal, dolor de cabeza, tos, dolor de garganta o fiebre).

Visite coronavirus.gov para una lista completa de las notificaciones de CDC acerca de viajes. Conozca acerca de la respuesta del Departamento de Seguridad Nacional ante el coronavirus, en su página web Coronavirus (COVID-19).

Le ayudaremos a reprogramar su cita sin penalidad cuando usted esté saludable. Para más información visite nuestra página: Si se siente enfermo, por favor considere cancelar y reprogramar su cita con USCIS

Nota de Russell Immigration:

Como precaución y por la seguridad de todos, si usted tiene una cita o una consulta con nuestra oficina y cae bajo una de las categorías alistadas arriba, siéntase libre de pedir que la cita sea por teléfono o teleconferencia (Skype, WhatsApp, etc.). Haremos todo lo posible para acomodar sus necesidades y asegurar el bienestar de su familia, nuestros empleados y la comunidad en general.

Propuesta SB-1 Amenaza a Inmigrantes

“'[D]ebido a que la SB-1 específicamente autoriza acciones legales en contra de oficiales estatales, locales y del condado, que no ‘hagan su mejor esfuerzo por apoyar el cumplimiento de la ley federal de inmigración’, ellos tendrían presión de actuar y reportar a todos los ‘ilegales’ en sus respectivas jurisdicciones.”

Lea el articulo completo escrito por nuestro Ron Russell en Al Día en America.

Planes de aumento en redadas laborales de ICE

El martes, 17 de octubre del 2017, el Director Interino de ICE Thomas Homan dio un discurso no oficial al comité de expertos de política conservativa Heritage Foundation (Fundación de Herencia). Durante su presentación, el dijo que en el 2018 ICE incrementará ejecución de lugares de trabajo por cuatro o cinco veces de los niveles actuales. También dijo que cualquier empleado presente el los estados unidos ilícitamente que sea encontrado durante estas acciones de ejecución, también llamadas redadas laborales, serán detenidos y procesados para deportación.

La prioridad de la administración de Obama  para ejecución de lugares de empleo caía sobre empleadores que deliberadamente reclutaban grandes cantidades de trabajadores indocumentados, abusaban a empleados, o participaban en el tráfico humano, fraude de identidad, lavado de dinero u otra actividad criminal. La declaración del Sr. Holman esta semana indica que la administración de Trump se enfocara agresivamente en tanto empleadores como empleados.

Aunque es un cambio en póliza alarmante, ICE está limitado por los recursos económicos y espacios en las instituciones de detención. El número de espacios en las instituciones de detención de inmigración, incluyendo cárceles locales con contratos con ICE, es mucho menor de lo que seria necesario para redadas a gran escala y aumentos grandes en el numero de personas detenidas.

La administración de Trump ya está trabajando en aumentar dramáticamente la cantidad de espacio de detención. Un circular interno de la Casa Blanca filtrado a la prensa en abril del 2017 declaró que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en ingles) ya ha ubicado 33,000 espacios de detención adicionales. ICE intenta conseguir un aumento de espacio para detener 4,000 más personas en Chicago, Detroit, St. Paul, Salt Lake City y el sur de Texas y recientemente otorgo un contrato de $457 millones al Grupo GEO, una compañía que administra prisiones privadas a través del país.

¿Qué podemos hacer en cuanto a esto?

Es de suma importancia que nos preparemos a nosotros mismos y a la comunidad para saber qué hacer, y que son nuestros derechos, si nos encontramos en una redada laboral.

¿Qué es una redada laboral?

Una redada laboral es cuando ICE llega a un negocio al cual cree que hay personas trabajando ilícitamente. Puede que ICE busque a algún individuo en particular, pero aun así cuestionara (y quizás detendrá) a cualquiera que este allí que no pueda demostrar estatus legal migratorio. Ya que muchos oficiales de ICE están presentes para estas actividades, una redada puede causar caos y pánico.

Redadas laborales normalmente son impredecibles, pero a veces, ICE le avisa al empleador de antemano. Puede que los oficiales lleguen con una orden firmada por un juez, o puede que simplemente entren al negocio. A veces puede que pregunten por una persona en particular, pero una vez dados permiso para entrar, empiezan a cuestionar a todos los trabajadores presentes.

¿Qué debo hacer si ICE viene a mi trabajo?

Siempre es importante estar preparado y tener un plan en caso de que se halle en medio de una redada laboral. A continuación encontrara algunas de nuestras recomendaciones:

  1. NO CORRA – Si usted corre para intentar escaparse, los oficiales de inmigración creerán que usted tiene algo que esconder. Además, más oficiales de ICE normalmente están esperanto afuera de cualquier salido y usted será detenido inmediatamente.
  2. No abra la puerta – tal como si un oficial llegara a su casa, usted no tiene que abrir la puerta de su negocio al menos que este en un lugar publico o el oficial tiene una orden firmada por un juez.
  3. No ensene ningún documento falso y ¡no mienta!
  4. No lleve su identificación extranjera consigo al trabajo. (por ejemplo, Matricula Consular)
  5. Recuerde que tiene el derecho a mantenerse callado y a hablar con un abogado. Cargue consigo una tarjeta “Conozca sus derechos” que puede entregar a los oficiales sin hablar. Escriba el nombre y numero de teléfono de su abogado en tal tarjeta. Si un oficial continua haciéndole preguntas, dígale, “Estoy ejerciendo mi derecho a mantenerme callado. Quiero hablar con mi abogado.”
  6. No firme ningún documento sin antes hablar con un abogado. No se le puede exigir que firme un documento de ICE sin primero hablar de las consecuencias de hacerlo con un abogado de inmigración experimentado.
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¿Que son los derechos y responsabilidades de mi empleador?

El Proyecto Nacional de Derecho de Empleos del Centro Nacional de Leyes de Inmigración tiene algunas sugerencias para cómo pueden empleadores preparase para redadas:

  1. Hagan un plan de acción escrito para prepararse para redadas laborales.
  2. Provea entrenamiento “Conozca sus Derechos” para sus empleados, el cual entrenara a sus empleados a:
    • Mantener la calma y no correr de los oficiales
    • No dar permiso para oficiales de ICE entren al negocio a menos que tengan una orden firmada por un juez
    • Mantenerse callados y pedir hablar con un abogado
  3. Provea una lista de abogados de inmigración locales, incluyendo organizaciones de bajo costo.
  4. Ejerza su derecho como empleador a mantenerse calleado y pida hablar con un abogado.
  5. Claramente indique lugares privados de su negocio, como cocinas, como PRIVATE (privado), y no deje que los oficiales entren estas áreas sin una orden firmada por un juez.
  6. Póngase en contacto con una red de respuesta de inmigración en su área, tal como Alerta Roja en Louisville.

Fuente: https://www.nilc.org/wp-content/uploads/2017/07/EmployerGuide-NELP-NILC-2017-07.pdf

Anuncio sobre Acción Diferida para los Llegados en la Infancia 2017

El 5 de septiembre de 2017, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) inició la eliminación gradual ordenada del programa conocido como Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA, por sus siglas en inglés). DHS proporcionará un plazo limitado de seis meses durante el cual considerará ciertas peticiones de DACA y solicitudes de autorización de empleo, bajo parámetros específicos. Lea el memorándum de la secretaria de DHS en funciones, Elaine Duke, para más detalles (en inglés).

Próximos Pasos para la Eliminación Gradual de DACA

Todos los beneficios de DACA son otorgados por dos años, de manera que las personas que actualmente tienen DACA podrán retener su DACA y sus autorizaciones de empleo (EAD, por sus siglas en inglés) hasta que venzan.

USCIS adjudicará cada caso de manera individual:

  • Peticiones iniciales de DACA presentadas apropiadamente y que estén en trámite, así como las solicitudes de documentos de autorización de empleo (EAD, por sus siglas en inglés) relacionadas a dichas peticiones, que hayan sido aceptadas al 5 de septiembre de 2017.
  • Peticiones de renovaciones de DACA presentadas apropiadamente y que están en trámite, y las solicitudes de EAD relacionadas a dichas peticiones a nombre de actuales beneficiarios, que hayan sido aceptadas hasta la fecha de este memorándum, y aquellas de parte de actuales beneficiarios cuyos beneficiosexpirarán entre el 5 de septiembre de 2017 y el 5 de marzo de 2018, que hayan sido aceptadas al 5 de octubre de 2017.

Las personas que al 5 de septiembre no han presentado una petición inicial de DACA ya no pueden presentarla. USCIS rechazará todas peticiones iniciales después del 5 de septiembre.    

Recursos

Para más información, por favor lea:

RESUMEN IMPORTANTE: 

  1. Si su estatus de DACA se vence antes del 5 de marzo del 2018, you DEBE solicitar su renovación ANTES del 5 de octubre del 2017. Por favor llame a un abogado inmediatamente para empezar a tramitar su solicitud. 

  2. Si tiene una solicitud pendiente para Permiso de Viaje (AP) basado en su estatus de DACA, su solicitud de AP será cerrada y su cuota para inmigración se le regresará. Si su permiso de viaje se le ha aprobado, asegúrese de hablar con un abogado ANTES de salir del país para analizar los beneficios y riesgos de hacerlo. 

Por favor también vea articulo anterior en nuestro blog: ¿QUÉ DEBO SABER SI EL PROGRAMA DACA SE TERMINA?

¿QUÉ DEBO SABER SI EL PROGRAMA DACA SE TERMINA?

Existen algunos reportes que el presidente Trump podría terminar con el programa Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA) muy pronto. En este momento, no sabemos cuándo o si el programa DACA será terminado, o como se verá la terminación del programa DACA. ¿Por ejemplo, aquellos que tienen DACA seguirán siendo protegidos de deportación y podrán usar su permiso de trabajo hasta que se venza? ¿O los permisos de trabajo y las aprobaciones serán revocadas? Por favor haga clic en los enlaces a continuación para ver el aviso para algunas cosas que debe mantener en mente si el programa se termina. ESPAÑOLINGLÉS

Fuente: www.ilrc.org

Protéjase Usted Mismo Y Mantenga A Sus Seres Queridos Seguros

Aunque Russell Immigration Law Firm desea que usted y su familia nunca se sientan inseguros o con temor, recomendamos los siguientes pasos para prepararse para la posibilidad de detención, deportación o algún otro problema de inmigración.  El que usted sepa sus derechos y el tener un plan de emergencia, son dos pasos que le ayudaran a quitarle parte del miedo y estrés en cuanto al futuro.  Adicionalmente a esta sugerencia, los abogados de Russell Immigration están aquí para ayudarle encontrar soluciones legales y pasar adelante por el sistema de inmigración.

¿Conoce Sus Derechos?

“Tiene el derecho a permanecer callado.  Todo lo que diga podrá y será usado en su contra en un tribunal.  Tiene el derecho a un abogado.  Si no puede contratar a un abogado,  uno le será designado.”

Los derechos que un policía le recita a la persona que toma bajo arresto se llaman los derechos Miranda.  Cuando una persona es interrogada por un policía, por lo general la persona se siente atemorizada, intimidada y/o nerviosa.  Cuando un oficial le menciona sus derechos Miranda, él o ella le están recordando de que, si usted es simplemente interrogado o llevado bajo custodia, usted no está impotente.

Usted tiene el derecho a permanecer callado y tiene el derecho de hablar con un abogado antes de hablar con la policía.  Sin embargo, es muy importante de que usted demuestre seguridad en sus derechos y defienda sus derechos porque la policía y oficiales de inmigración utilizan estrategias para hacer a uno sentir como si uno no tiene opción.  Aunque usted claramente le deje saber a la policía que permanecerá callado o quiere hablar con un abogado, ellos tal vez le seguirán haciendo preguntas. Usted NO tiene que contestar estas preguntas.  Si usted dice, “quiero permanecer callado” o “quiero hablar con mi abogado”, la policía tiene la obligación de dar por terminada la interrogación.  De no ser así, estarían violando sus derechos y usted luego podrá pedir a un juez de que reúse aceptar (“excluir”) cualquier evidencia que hayan obtenido de esta manera.  Aun después de ser arrestado o detenido, únicamente el juez puede ordenarle a contestar preguntas.

De acuerdo con la Constitución Estadounidense, usted también tiene el derecho de sentirse seguro en su hogar en contra “inspecciones y confiscaciones irrazonables.”  Cuando la policía o inmigración llegan a su hogar, usted NO tiene que abrir la puerta o darles permiso de entrar.  Para que ellos puedan entrar a su hogar, un oficial deberá ensenarle un papel titulado “search warrant” (orden de registro o allanamiento) firmado por un juez.

Finalmente, si usted no es un ciudadano Estadounidense, usted también tiene el derecho de saber cómo los cargos criminales y condenas pueden afectar su estatus migratorio.  Esto es extremamente importante si usted está considerando en declarase culpable por un crimen para llegar a un acuerdo con el tribunal (también conocido como una “declaración pactada”).  Si su abogado criminal no sabe cómo le afectara a su estatus migratorio el aceptar una oferta del fiscal en un caso criminal, él o ella TIENE que consultar con un abogado de inmigración para poder representarlo adecuadamente.

Los derechos del Sistema de Inmigración no son iguales a los del Sistema Criminal.

Cuando la policía le dice sus derechos, le están advirtiendo que todo lo que usted diga después de ese momento será usado en su contra en un tribunal CRIMINALPero, en cualquier momento que usted este hablando con la policía, especialmente con un agente de inmigración, cualquier información que usted de se podrá usar en su contra en un tribunal de INMIGRACIÓN o cuando aplique por beneficios de inmigración.  No importa si no le advirtieron.  Por ende, es MUY importante que usted SEPA sus derechos y que usted los UTILICE para protegerse de consecuencias negativas migratorias.  Cuando usted hable con policías o cualquier otro oficial del gobierno, NO mienta o de documentos falsos, por ejemplo licencia de conducir o tarjeta de residencia permanente, porque esa información será utilizada en su contra después y esto podrá hasta causar cargos adicionales criminales serios en su contra.

La gran diferencia entre el sistema de inmigración y el sistema de justicia criminal es que en el sistema criminal usted tiene el derecho a un abogado sin costo si usted no puede contratar  uno.  Pero aunque usted tiene el derecho de ser representado por un abogado en el sistema de inmigración, usted NO tiene el derecho a un abogado sin costo si usted no puede contratar uno.  Si usted ha sido detenido por inmigración, usted todavía tiene el derecho a tener un abogado con usted y el derecho de hablar con un abogado antes de firmar cualquier documento.  Si usted no puede contratar a uno por falta de dinero, hay algunos abogados que están dispuestos a ofrecer algunos servicios de inmigración “pro-bono” (sin costo para usted).  Russell Immigration Law Firm mantiene una lista de alguno de estos abogados.  Si usted es detenido por ICE y todavía no está trabajando con alguno de los abogados de nuestra oficina, tal vez podremos comunicarlo con un abogado pro-bono que podrá ayudarle a conseguir una fianza (o una reducción de fianza).

Haga un Plan de Emergencia

“Más vale prevenir que lamentar.”  Además de conocer sus derechos, se pueden evitar consecuencias negativas al preparar cuidadosamente un plan de emergencia.  Usted debería hacer un plan para proteger a su familia y posesiones (como su carro o casa).   El prepararse para el caso más extremo podrá ayudarlo a sentirse con más control, con menos miedo a lo que pueda suceder y más fuerte frente a la presión de un oficial de ICE.

  • Memorícese números de teléfono de quien usted desee llamar en caso de ser detenido porque la policía o ICE tal vez no le dejaran usar su teléfono después de ser detenido.
  • Mantenga todos los documentos importantes juntos en un lugar y dígale a alguien en quien usted confía en donde podrá encontrarlos.  Documentos importantes incluyen: actas de nacimiento, actas matrimoniales, pasaportes, documentos o papeles de inmigración, papeles relacionados a casos criminales, historia médica e instrucciones de medicina.
  • Tenga un fondo de emergencia para pagar facturas y otros castos en su ausencia.
  • Si tiene hijos menores de 18 años, escoja a alguien que usted en realidad confié para que los cuide.  Memorícese el número de teléfono de esa persona.  Un abogado le puede ayudar a preparar y firmar un documento llamado “power of attorney” (carta poder) para darle a la persona custodia temporal para tomar decisiones escolares o por el bien estar de sus hijos en caso de que usted no pueda cuidarlos.
  • No se le olvide de hacer arreglos para que un vecino le ayude a cuidar a sus mascotas.
  • Escoja a alguien que se encargara de avisarle a su jefe de trabajo que usted no se presentara a trabajar.

Trate De Comunicarse Con Organizaciones Comunitarias

Con todas las noticias acerca de la agenda del Presidente Trump y los reportes recientes del incremento en el número de personas siendo arrestadas y deportadas, tal vez usted este preocupado por el riesgo de problemas de inmigración para usted y su familia.  ¡No está solo!  Louisville tiene una gran red de apoyo para inmigrantes, no ciudadanos y comunidad de refugiados lo cual incluyen las organizaciones como La Casita Center, Doors to Hope, Kentucky Refugee Ministries, y American Community Center. Por favor comuníquese con sus vecinos también, especialmente si usted ve que no tienen una fuerte red de ayuda.  ¡Su ayuda podrá ser toda la diferencia en la vida de alguien!

En momentos difíciles, todos deberíamos ofrecer ayuda mutua.  Acuérdese, “la gente unida, jamás será vencida.”

(General) Conozca Sus Derechos [INGLÉS/ESPAÑOL]: Este boletín es información básica acerca de sus derechos cuando usted este bajo investigación o detenido por la policía.

(Versión larga) Conozca Sus Derechos: Este boletín incluye ayuda útil en cuanto a qué hacer si usted of su ser querido es detenido por inmigración. [INGLÉS/ESPAÑOL]

Fuente: www.altotrump.com, www.ilrc.org

¿Será eliminada DACA por los tribunales?

Los lectores tal vez recordaran que Texas y otros 25 estados demandaron al gobierno federal en el 2015 para detener la implementación de DAPA y la expansión de DACA, programas que fueron anunciados por el Presidente Obama en el 2014.  El juez federal en Texas, donde el caso inicio, emitió una orden restrictiva a nivel nacional lo cual impidió al gobierno federal la implementación de tales programas.  La orden restrictiva fue apelada en la Corte Suprema de los Estados Unidos pero quedó paralizada 4-4, dejando que la orden restrictiva quedara vigente.

Debido a que la demanda del 2015 solo fue contra la expansión del programa de DACA del 2014, no afecto el programa original de DACA del 2012, por ende muchos han podido obtener la DACA o renovar la DACA previamente concedida bajo ese programa aun cuando la demanda estaba en proceso.

Desafortunadamente, líderes en algunos de esos estados quieren eliminar el programa original del 2012 de DACA y creían que el Presidente Trump eliminaría el programa cuando asumiera el cargo.  Debido a que (por el momento) ha reusado hacerlo, el Fiscal General del estado de Texas (AG, por sus siglas en ingles) y otros nueve Fiscales Generales de estados Republicanos están amenazando con agregar el programa original del 2012 de DACA a la demanda del 2015 si el Presidente Trump no elimina el programa para el 5 de septiembre del 2017.  El Presidente Trump ha decidido dejar continuar, hasta este momento, el programa DACA pero es imposible saber que hará en el futuro.  Si para el 5 de septiembre no da indicación de que eliminara el programa DACA, es posible que los estados previamente mencionados prosigan (cumplan) con sus amenazas.

Si los Fiscales Generales proceden adelante con su amenaza, el destino de DACA estará sellado y con el tiempo probablemente será eliminado por los tribunales (las cortes).  Esto se debe a que todos los tribunales donde la demanda se llevaría a cabo (Tribunal de Distrito de los Estados Unidos en Texas, Tribunal del Quinto Circuito de Apelaciones de los Estados Unidos y la Corte Suprema de los Estados Unidos), predominan derechistas quienes quisieran que se dictara fallo contra el programa de la misma manera que lo hicieron con la expansión del 2014.  Aun los peritos en derechos pro-inmigrantes concuerdan con este análisis.

Esta estrategia tuvo resultados para los Fiscales Generales cuando demandaron contra los programas DAPA y la expansión de DACA del 2015 y los tribunales que permitieron la orden restrictiva en ese caso serán los mismos que escucharan los argumentos contra el programa original de DACA del 2012.

¿Cuándo terminara DACA?

Es difícil predecir exactamente cuándo.  Es probable, y aun seguro, que las aplicaciones para el programa DACA terminaran después de que se presente la demanda porque será presentada ante el mismo juez del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos que emitió la primera orden restrictiva.  Y es sumamente posible que emita una orden restrictiva para el programa original de DACA del 2012 también.  Eso prohibiría al gobierno federal procesar aplicaciones de DACA mientras el caso se lleve a cabo en los tribunales, un proceso que probablemente se tarde varios años.  Por otro lado, si el juez no emite una nueva orden restrictiva, el programa podrá continuar por varios meses, un año o más, antes de que la Corte Suprema de los Estados Unidos finalmente decida contra la continuación de DACA.

¿Debería alguien presentar una aplicación nueva de DACA, renovar DACA o presentar una aplicación para viajar al extranjero (aplicación de “Advanced Parole”)?

En cada caso, la persona debería consultar con un abogado perito en inmigración para que le aconseje los pros y contras en cuanto a cada aplicación basándose en la información de cada caso individual y el progreso de la demanda en la corte.

En el caso de que se presente la aplicación para viajar al extranjero, el beneficio de viajar y regresar bajo aplicación para viajar al extranjero es muy significativo, pero solo si la persona originalmente entro a los Estados Unidos ilegalmente.  Esto es muy significativo porque la persona ahora tiene la oportunidad de entrar a los Estados Unidos legalmente.

¿Por qué es esto importante? Porque al haber entrado a los Estados Unidos legalmente la persona tiene más opciones si la persona luego tiene una manera de obtener la residencia permanente.  Por ejemplo, si en el futuro la persona se casa con un ciudadano Estadounidense, al entrar legalmente bajo la aplicación de viajar al extranjero podría permitir que la persona aplique para residencia permanente dentro de los Estados Unidos en vez de tener que viajar al extranjero para aplicar por una visa inmigrante (también residencia permanente), en la cual lo más probable también tendría que aplicar para la Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad.  Aplicar para la residencia permanente dentro de los Estados Unidos significaría que la persona probablemente no necesitaría la solicitud de exención, lo cual haría el proceso más rápido, menos costoso y con menos riesgo.

De nuevo, usted NO debería presentar cualquier de las aplicaciones antes mencionadas sin consultar primero con un abogado perito en inmigración.

USCIS lanza nueva aplicación

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) ha lanzado una nueva aplicación para dispositivos móviles llamado “USCIS: Civics Study Tools.” El comunicado de prensa dice lo siguiente:

Nuestra aplicación, “USCIS: Civics Test Study Tools” ahora está disponible en las tiendas de aplicaciones iTunes y Google Play. Esta aplicación ayuda a prepararse para el examen de educación cívica durante su entrevista de naturalización. También contiene un juego para desafiar su conocimiento de educación cívica, notificaciones de recordatorio, y repasos de exámenes pasados. También puede cambiar entre inglés y español.
¡Asegúrese de obtener nuestra aplicación oficial! Siga los enlaces arriba o busque “USCIS” o “USCIS Civics.” Asegúrese que el programador sea USCIS.

Materiales de estudio adicionales para el examen de inglés y de educación cívica están disponibles gratuitamente en el sito de USCIS. También encontrara un examen de práctica de educación cívica.

AUMENTO EN ARRESTOS DE INMIGRACIÓN

Como usted probablemente ha escuchado o notado, ha habido un aumento significativo en los arrestos de inmigrante indocumentados a través de los Estados Unidos. Entre el 22 de enero y el 29 de abril del 2017, estos arrestos aumentaron por un 40%, en comparación con el mismo tiempo el año pasado.

Aunque la mayoría de las personas arrestadas tenían antecedentes penales, tanto el Director Interino de ICE, Thomas Homan, y el Secretario del Departamento de Seguridad Nacional, John Kelly, afirman que ICE arrestará a cualquier persona indocumentada, sin importar su historial criminal.

Por lo tanto, es de suma importancia que usted sepa sus derechos y sepa cómo protegerse.

Haga clic en la etiqueta “protéjase” abajo o escriba “protéjase” en la caja de búsqueda al lado para leer artículos que describen a cabalidad como puede protegerse.

Vea el artículo publicado por ICE aquí (solo en inglés).

ADVERTENCIA DE ESTAFA: Número telefónico de asistencia de DHS OIG es usado para obtener información personal

La Oficina de Inspector General (OIG) del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) emitió una advertencia de estafa el 19 de abril del 2017, para advertir al público de una estafa usando el número telefónico de asistencia del DHS OIG. Los estafadores fingen ser “inmigración de los EEUU” y han alterado su número telefónico (caller ID) para fingir que la llamada viene del número telefónico de asistencia del DHS OIG (1-800-3232-8603). Entonces los estafadores exigen que la persona les provea o verifique información personal identificable, muchas veces diciéndoles que son víctimas de robo de identidad.

Lea la alerta en ingles aquí para más detalles.

Si un Estafador le llama:

Si usted recibe una llamda exigiendo información personal o pago, cuelge inmediatamente. Si quiere verificar si la llamada es de inmigración (USCIS), pude hacer lo siguiente:

*Llame al Centro Nacional de Servicio al Cliente de USCIS al 800-375-5283 y pregunte si usted necesita hacer algo concerniente a su caso o estatus de inmigración.

*Haga una cita InfoPass al http://infopass.uscis.gov, o

*Use myUSCIS para encontrar información actualizada de su solicitud.

Recuerde, oficiales de USCIS nunca lo amenazarán o le pedirán dinero por teléfono o correo electrónico. Si necesitamos algún pago, le mandaremos una carta en papel membretado pidiéndole el pago. No haga un pago por teléfono a nadie que diga ser oficial de USCIS. En general, le animamos a proteger su información personal y no proveer detalles de su solicitud de inmigración en áreas públicas.

Las deportaciones aceleradas comenzarán pronto

El sábado pasado, 18 de febrero, 2017 el nuevo Secretario del Departamento de Seguridad Nacional, John Kelly, emitió un Memo que implementa la Orden Ejecutiva sobre el aumento de la protección de la frontera firmada el 25 de enero del 2017. Uno de los más impactantes y peligrosos cambios en el Memo es el anuncio de las deportaciones aceleradas (expedited removal, en inglés), que previamente sólo se ejecutaban en los aeropuertos, en los puertos de entrada y cuando una persona indocumentada era detenida dentro de las 100 millas de la frontera. Ahora esta regla será aplicada en todos los Estados Unidos. Esta es una expansión sin precedentes de la ley que esperamos  sea desafiada en los tribunales federales.  Este nuevo Memo, permite potencialmente que se ejecuten deportaciones muy rápido, de millones de indocumentados que actualmente viven en el país.

PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE LAS DEPORTACIONES ACELERADAS

 ¿Qué es una orden de deportación acelerada?

Una orden de deportación acelerada es una orden que tiene el mismo efecto que una orden de deportación emitida por un juez de inmigración. Pero, la orden de deportación acelerada no es emitida por un juez de inmigración sino por el oficial de inmigración poco después del arresto de la persona.  Más importante, o peor aún, la persona que es arrestada no tiene el derecho de hablar con un abogado, no tiene derecho a una fianza ni a una audiencia ante un juez de inmigración en el cual se podría tratar de solicitar algún beneficio, como cancelación de deportación.  Todos los derechos de un proceso legal, garantizados por la Constitución de los Estados Unidosy la Ley de Inmigración y Nacionalidad (ej., derecho a fianza, derecho a obtener un abogado, derecho a una audiencia ante un juez de inmigración, o aplicar para cualquier alivio o beneficio disponible) son negados.  Después de que la orden sea emitida, la persona es removida del país tan pronto como sea posible.  Si la persona es de un país con el que tenemos frontera, tal como lo es México, la deportación es rápidamente ejecutada. Si la persona detenida es de otro país, tal como países centroamericanos o africanos, la deportación tomará más tiempo ya que la misma es ejecutada por avión.

¿Cuál es la razón para expandir e implementar la orden de deportación acelerada hacia todo el país?

El Memo claramente explica las razones del gobierno para la expansión. El Memo establece que las cortes de inmigración están seriamente sobrecargadas de casos, con más de 500,000.  Con esa cantidad de casos tomaría años para lograr ser escuchado por un juez de inmigración. Por ello, el gobierno quiere deportar a laspersonas sin que puedan tener audiencias en los tribunales de inmigración, evitar las deportaciones y permanecer en los Estados Unidos.  La razón por la que las cortes están tan sobrecargadas de casos yace en el Congreso, que por más de 20 años ha rechazado incrementar los fondos para expandir las cortes o tribunales de inmigración para poder procesar cientos de miles de casos retrasados.  Es un error echarles la culpa a los inmigrantes, por la inacción del Congreso.  

¿Pueden las personas indocumentadas hacer algo para detener una orden de deportación acelerada?

¡SÍ! Casi todas las personas indocumentadas pueden evitar que un oficial emita una orden de deportación acelerada. Primero, todos los indocumentados deben SIEMPRE llevar en su posesión prueba de que han vivido consecutivamente en los Estados Unidos por lo menos durante los DOS últimos años. La documentación de esos dos años debe mantenerse al día cada mes para probar la presencia física y continua.  Usted debe tener esa documentación en su posesión todo el tiempo, especialmente cuando usted sale de casa, incluso cuando usted sale sólo para vaciar el bote de basura, o cuando vaya al trabajo, escuela o iglesia.  SIEMPRE debe estar en posesión de esa documentación, sin importar a donde vaya o lo que está haciendo. Además de mantener al día la documentación, debe tener una copia adicional en casa. De esa manera, un amigo o miembro de familia que tenga estatus legal podría presentar sus pruebas a un oficial de inmigración en la oficina local de ICE. Debido a que es posible que esto no le sea permitido, la mejor manera de evitar la deportación acelerada es que SIEMPRE lleve la documentación con usted.

También, los tratados internacionales, los cuales han sido firmados y reconocidos por nuestro gobierno, permiten que cada extranjero hable con alguien de su propio consulado cuando es arrestado en los Estados Unidos.  Este es un derecho que debe ser reconocido por nuestro gobierno cuando es solicitado por un extranjero. Afirmar este derecho puede ser beneficioso cuando usted está ante un oficial de inmigración que no quiera ver sus pruebas de dos años de residencia consecutiva en los Estados Unidos. Usted puede pedirle al consulado que intervenga para ayudarle a obtener un abogado para argumentar en contra de su deportación acelerada y poder quedarse en los Estados Unidos.

Finalmente, si usted tiene miedo de regresar a su país, debería declararlo clara y consistentemente a cada oficial de inmigración con el que usted tenga contacto. Una vez que usted haya expresado un miedo creíble de persecución, le será permitido tener una entrevista con un oficial de asilo. Sin embargo, ese miedo debe ser reconocido por nuestras leyes de inmigración. Por ejemplo, si usted tiene miedo a un cartel o alguna pandilla en su comunidad en su país, ese miedo no es considerado importante bajo nuestras leyes. Sin embargo, si su temor es debido a que su familia entera es o será el blanco de algún cartel o pandilla, entonces es posible que se considere que usted es miembro de un grupo social protegido y por lo tanto, puede que tenga éxito. O si usted teme regresar a su país debido a que su pareja o cónyuge, actual o anterior, es violento(a) y podría causarle daño, su reclamo tendrá más probabilidades de ser reconocido  basado en el grupo social protegido de cónyuges/parejas maltratados(as).  Usted debe de ser específico en el tipo de peligro que usted teme (ataque físico, asesinato, etc.), y quien le causaría el daño a usted. Pero este tipo de defensa para una deportación acelerada es más difícil de establecer ante un oficial de inmigración. Por eso, siempre sería mejor que usted presente dos años de pruebas de presencia física consecutiva en los Estados Unidos para evitar la deportación acelerada y solo afirmar miedo de persecución si el miedo es real y usted no tiene otra opción.

¿Qué tipos de documentos debe usted llevar para probar la presencia física y consecutiva de dos años?

Hay muchos tipos de documentos o combinaciones de documentos que pueden demostrar la presencia física continua: estado de cuentas bancarias, pagos mensuales de auto, cuentas telefónicas de celular, recibos de renta o pagos de vivienda mensual. Cada documento mensual debe claramente tener su nombre en el documento. Básicamente, cada cuenta mensual o pago con su nombre debe ser aceptable.  Si usted no tiene recibos mensuales, otros documentos tales como pruebas de visitas al doctor de usted o de sus niños, demostrando que usted llevó a sus niños a las citas, o actividades escolares como conferencias de padres de familia a las cuales usted asistió, pueden probar su presencia física.

Una carta de su ministro, pastor, sacerdote o diácono de iglesia, que muestre que usted ha asistido a actividades de la iglesia, puede ser de mucha ayuda.  Pero estas cartas deben ser en papel membretado (con los logos y dirección impresa) de la iglesia y firmadas y con fecha del ministro, pastor, sacerdote o diácono. Las cartas deben también explicar clara y específicamente su participación en la iglesia, y que tan a menudo usted asistía o participaba en la actividad de la iglesia. Este tipo de carta puede ser usada por ambos padres de familia, incluso niños indocumentados, si todos asistieron a las actividades de la iglesia. Usted puede hacer copias y usar una copia por cada persona. Si la iglesia no tiene papel membretado, la carta debe estar firmada por el pastor etc., ante un Notario Público. Una copia de una identificación con foto de la persona que escribe la carta (licencia de manejar, por ejemplo) debe ir adjunta a la carta. Pueden haber otros tipos de documentos que pueden establecer la presencia física continua. Solo asegúrese que los documentos son claros y legibles, con su nombre y fecha en el documento y haga una copia que sea legible.

¿Será la orden de deportación acelerada desafiada en los tribunales?

Creemos que si. Esta es una expansión masivasin precedentes de la Deportación Expedita. Y claramente ha sido implementada para negar el debido proceso legal a millones de personas indocumentadas, muchos, si no es que la mayoría, de los cuales son elegibles para evitar la deportación e incluso aplicar para obtener una residencia permanente. Por lo tanto, probablemente se levantarán objeciones legales. Es posible que algunas de estas tengan éxito y venzan la implementación de esta ley sin precedentes e ilegal. Pero aun si estos cambios tienen éxito, puede tomar meses o incluso más tiempo para obtener un fallo positivo en los tribunales. Por eso siempre es mejor llevar prueba de su presencia física continua en el país, a donde quiera que vaya.

¿Pueden presentarse otras objeciones para detener la orden de deportación acelerada?

Sí. Muchas comunidades inmigrantes y sus aliados se están organizando para detener esta expansión de la ley ilegal y sin precedente para deportar a cientos de miles de indocumentados,  destruyendo a las familias inmigrantes en nuestras comunidades. Muchas de estas familias tienen ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes que son miembros de familia. Entre la organización se incluye: presentaciones a comunidades inmigrantes sobre el uso de documentación para detener la emisión de ordenes de deportación acelerada; marchas, protestas, huelgas y demostraciones para detener que las deportaciones destruyan a nuestras comunidades inmigrantes y dañen a miles de negocios que cuentan con los inmigrantes para salir adelante  y tener éxito.  Algunas comunidades de Iglesias, basándose en sus firmes creencias religiosas de proveer refugio seguro a aquellos que enfrentan peligro, se están preparando para dar lugar a inmigrantes que enfrentan una inminente deportación. Otras comunidades están organizando alertas y planificando maneras para responder con protestas cuando las redadas sucedan. Nosotros debemos y podemos oponernos, en tantas maneras como legalmente sea posible, a los esfuerzos del gobierno a negar el derecho a un debido proceso legal que es garantizado a cada persona en los Estados Unidos, incluyendo a las personas indocumentadas, quienes son igualmente protegidas por la Constitución de los Estados Unidos, además de los derechos y protecciones bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Como el gran líderafroamericano y opositor a la esclavitud, Frederick Douglas dijo: “La autoridad no concede nada sin que uno lo demande, nunca lo hizo y nunca lo hará.”

¡Sí Se Puede!

Ron Russell, Rachel Mendoza-Newton, Ted Farrell y Duffy Trager de Russell Immigration Law Firm

 

ADVERTENCIA: Estafas de Inmigración

"El Fiscal General de Nueva York, Eric T. Schneiderman, emitió hoy una alerta de fraude urgente, advirtiendo a las comunidades inmigrantes de posibles estafas a la luz de los recientes informes de que estafadores han estado haciéndose pasar por agentes de inmigración y aduanas (ICE) demandando dinero a sus víctimas a cambio de evitar la deportación. La Fiscalía General ha recibido un número creciente de estafas de este tipo reportadas después de las redadas de deportación de ICE que han tenido lugar durante los últimos días."

Vea el mensaje completo aquí

Declarando Impuestos como Immigrate - Preguntas Frequentes

¿Es importante presentar mis declaraciones de impuestos cada año?

¡Sí! Presentar su declaración de impuestos es importante cuando usted solicita ciertos beneficios de inmigración del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los estados Unidos (USCIS) o ante un tribunal de inmigración. Por ejemplo, es esencial presentar sus impuestos cada año si usted es un residente permanente y desea solicitar la ciudadanía. Además, si usted es indocumentado y estará solicitando cancelación de deportación ante un tribunal de inmigración, casi todos los jueces de inmigración requieren declaraciones de impuestos durante los últimos 5-10 años antes de una última audiencia. Es beneficioso presentar su declaración de impuestos e incluso un requisito para obtener beneficios importantes de inmigración.

¿Importa quién me ayude a presentar mi declaración de impuestos?

¡Sí! Debe conseguir un preparador de impuestos calificado y ético en ayudarle a presentar su declaración de impuestos. Algunos preparadores de impuestos no tienen mucho conocimiento sobre las leyes de impuestos, que cambian cada año. Otros preparadores le animarán a mentir en los formularios para obtener un mayor reembolso de impuestos o solicitar un crédito de impuesto para el cual usted quizás no califique. Mentir intencionalmente en sus impuestos es fraude, y es ilegal. Este tipo de malos consejos podrían dañar seriamente su estatus de inmigración  y levar a una negación de beneficios de inmigración o incluso una acusación de evasión de impuestos o de mentir en su declaración de impuestos. Utilice sólo un preparador de impuestos confiable, honesto y bien informado para ayudarle en la declaración de sus impuestos.

¿Debo usar un preparador de impuestos para ayudarme  a preparar una solicitud de inmigración?

¡No! Algunos preparadores de impuestos anuncian que pueden preparar una solicitud de inmigración. ¡No caiga en este fraude! Preparadores de impuestos no son abogados de inmigración. La ley de inmigración es una de las áreas más complicadas de la ley, y cambia constantemente. Sólo un abogado de inmigración con conocimiento y experiencia (o un representante de una organización sin fines de lucro acreditado oficialmente por el Departamento de Justicia de Estados Unidos) puede determinar correctamente si usted califica para el beneficio que busca, aconsejarlo sobre sus opciones de inmigración, conocer las formas adecuadas y evidencia requerida y representarle ante una agencia de inmigración o un juez de inmigración. Si busca asesorarse con alguien que es simplemente un preparador de impuestos, usted y su caso podrían ser seriamente perjudicados por la falta de conocimiento de su asesor.

¿Qué pasa si soy una víctima de un fraude de inmigración?

Usted puede reportar el fraude a la Oficina de Protección al Consumidor de la Procuraduría General del Estado (en Kentucky, 888-432-9257) o a la Comisión Federal de Comercio a través del Asistente de Quejas FTC o llamar 1-877-382-4357. Puede hacer el informe de forma anónima. Si fue amenazado, intimidado, agredido o engañado por un estafador que le robo su dinero, usted debe informarlo inmediatamente a la policía porque esos son delitos graves. Reportar este tipo de delito criminal es el procedimiento correcto, protege a otros en su comunidad para que no se conviertan en víctimas e incluso podría beneficiarle a usted en un futuro con su caso de inmigración.

Actualización: Prohibición de Viaje

El 27 de enero del 2017, el presidente Trump firmó una Orden Ejecutiva, la cual, entre otras cosas, temporalmente prohibió que personas de Irán, Iraq, Libia, Somalia, Sudan, Siria y Yemen viajarán a los Estados Unidos.

El 3 de febrero del 2017, el juez James Robart del Tribunal Federal de Distrito de los Estados Unidos en Seattle, Washington, dictó un fallo suspendiendo temporalmente ciertas porciones claves de esa Orden Ejecutiva. La administración del presidente apeló al Tribunal de Apelaciones del 9º Circuito, pidiendo que se levantara tal suspensión.

El 9 de febrero del 2017, el 9º Circuito, por unanimidad, negó la petición del presidente y dejo la suspensión vigente. Esto significa que – por ahora – las personas de las naciones antedichas aún pueden viajar libremente a los Estados Unidos.

El presidente Trump ha dicho que su administración apelará esta decisión al Tribunal Supremo. Siga revisando nuestro blog para más actualizaciones.  

ORDEN EJECUTIVA: Prohibición de Viajar

El 27 de enero del 2017, el Presidente Trump firmo una Orden Ejecutiva titulada, “Protegiendo a la Nación de la Entrada de Terroristas Extranjeros a los Estados Unidos.” Esta orden suspendió la entrada de personas de siete países: Iran, Iraq, Somalia, Sudan, Syria y Yemen. Residentes Permanentes Legales de estos países no deberían ser afectados bajo esta prohibición, pero debido a que las circunstancias siguen desarrollándose, aún hay un pequeño riesgo de que estos tengan problemas al intentar entrar a los Estados Unidos.

Vea la orden ejecutiva en inglés aquí

PROTEJASE: Nuevas Acciones Ejecutivas Firmadas por el Presidente Trump

Muchos inmigrantes están muy nerviosos por las nuevas Órdenes Ejecutivas  firmadas por el Presidente Trump el 25 de enero del 2017. Todavía estamos estudiando todas las consecuencias de estas órdenes. Conforme las cosas se hagan más claras, estaremos actualizando nuestro blog regularmente para explicar el alcance de estas órdenes. Mientras tanto, todos los inmigrantes indocumentados deben tener en mente los siguientes consejos:

  1. NO abra su puerta a un oficial de la policía o de inmigración a menos que usted o alguien en su casa los haya llamado para asistencia. Esto es su derecho bajo la cuarta enmienda de la Constitución de los Estados Unidos. No importa la razón que den por esta allí (por ejemplo, para buscar a un criminal peligroso) – puede ser una mentira para que usted abra su puerta y les permita entrar. No importa cuánto ruido hagan o si parece que están a punto de romper las ventanas. Si no tienen una orden judicial firmada por un juez, usted no está obligado a abrir su puerta o permitirles entrar a su casa. Vea los ejemplos abajo.
  2. Si un oficial de la policía lo detiene, NO conteste ninguna pregunta sobre su estatus de inmigración, ciudadanía, o lugar de nacimiento. Este es su derecho bajo la quinta enmienda de la Constitución de los Estados Unidos. Un oficial de policía no tiene razón legítima para preguntarle por esta información, y usted debe estar alerta si un oficial de policía se la pide. Si el oficial insiste, dígale a él/ella que su abogado le aconsejó no contestar pregutnas sobre esos asuntos, y que si el oficial necesita saber más, él o ella puede comunicarse con su abogado.
  3. Si usted ha estado en los Estados Unidos por más de dos años, junte evidencia que demuestre que ha estado en los Estado Unidos por al menos ese periodo de tiempo (por ejemplo, actas de nacimiento de sus hijos, correspondencia que ha recibido por correo, declaraciones de impuestos, registros de la escuela, seguro de automóvil, copias de facturas, o registros médicos o farmacéuticos, etc.). Lleve con usted una copia de estos documentos en todo momento y haga otra copia para un amigo o un familiar de confianza con estatus legal (vea a la entrada del blog abajo, titulado, “Nueva Póliza de Inmigración Desastrosa Puede Ser  Implementado por la Administración de Trump”).
  4. Si usted es detenido por un oficial de inmigración, presente su evidencia de estar en los EEUU por al menos los últimos dos años, si la tiene, y exija su derecho para que decida su caso un juez de inmigración. NO acceda a ser removido de los Estados Unidos.  
  5. Si está detenido por un oficial de inmigración y tiene CUALQUIER miedo de regresar a su país natal, dígalo frecuente y vigorosamente a cualquier oficial de inmigración con quien hable mientras este detenido e INSISTA que quiere solicitar asilo.  
  • Nuestras leyes de asilo solo ofrecen protección de la persecución basada en la raza, la religión, origen nacional, opinión política o un grupo social particular. ¡No dé por sentado que su miedo no está basado en una de estas categorías!
  • No es necesario que las opiniones políticas sean conectadas a un partido político en particular. Por ejemplo, si usted participó en protestas en contra de la corrupción o incompetencia del gobierno, o en contra de alguna póliza particular del gobierno, usted expresó públicamente una opinión política.
  • Muchas veces las opiniones personales también se pueden calificar como opiniones políticas. Por ejemplo, si usted y/o su familia se han opuesto abiertamente a las pandillas en su barrio, esa oposición a las pandillas también sería una opinión política.
  • Un grupo social particular no tiene que ser un grupo formal como un sindicato o un club. Solo tiene que ser un grupo de personas que estén unidas por alguna característica que no se puede cambiar o no debe ser solicitado a que cambien porque es fundamental de quienes son, y que la sociedad los ve como un grupo. Por ejemplo, homosexuales son un grupo social particular. Las mujeres que no son capaces de escapar de sus esposos abusivos también pueden ser un grupo social particular. Un núcleo familiar también puede ser un grupo social particular. Si alguien quiere matarlo solo porque eres parte de la misma familia que alguien que odia, su familia es el grupo social.  

Si usted tiene un contrato vigente con uno de nuestros abogados, y el abogado lo considera necesario hacer algo diferente en su caso basado en estos acontecimientos, nos pondremos en contacto con usted directamente.

Si usted no tiene un abogado de inmigración, por favor contacte a un abogado para asesorar sus opciones.

Siga revisando nuestro blog para estar actualizado sobre lo último de las Acciones Ejecutivas firmadas por el Presidente Trump concernientes a asuntos de inmigración.  

Así es como se ve una orden judicial.

Esta es una orden Administrativa. NO es una orden judicial.